En 2011 una niña de cuatro años de edad fue detenida ilegalmente por oficiales de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de los Estados Unidos (CBP) al llegar al aeropuerto de Dulles, en el estado de Virginia. Luego de detener a la menor, los oficiales de CBP no permitieron que la niña tuviera contacto con sus padres y, posteriormente, la deportaron a Guatemala. En virtud de lo sucedido, el padre de la niña demandó a CBP por los daños sufridos por su hija y para demostrar, al mismo tiempo, que la agencia actuaba en contra de la ley con demasiada frecuencia. El gobierno respondió pidiéndole a una Corte Federal en el estado de Nueva York que desestimara el caso, argumentando que los oficiales de CBP actuaron de acuerdo a su “función discrecional de excepción”, la cual se aplica cuando la conducta cuestionada involucra un elemento de “juicio o preferencia” y cuando un curso de acción particular no se encuentra regulado por una ley vigente o una política obligatoria. Sin embargo, el mes pasado una corte federal en Nueva York se negó a desestimar el caso, argumentando que las acciones de los oficiales de CBP no son aceptables ya que las mismas no tienen cabida dentro de la función discrecional de excepción.
La parte demandante denunció a CBP por privación ilegal de la libertad. Dicho delito, según consta en la denuncia, habría ocurrido cuando agentes de CBP detuvieron a la niña por un lapso de más de 20 horas, sin permitirle contactar a sus padres durante 14 horas, ni dejar que pudiera continuar su viaje a Nueva York después de que fuera admitida en los Estados Unidos, obligándola posteriormente a regresar a Guatemala.
Además, el demandante alegó que los oficiales de CBP le causaron a la niña sufrimiento y angustia de manera intencional a través de las acciones citadas y mediante las supuestas amenazas de que la niña sería enviada a un centro de adopción. Asimismo, según consta en la denuncia, la niña fue privada de comida y agua (con la excepción de una galleta y una gaseosa) y detenida en condiciones inadecuadas. Además la denuncia detalla alegaciones de negligencia por parte de los oficiales de CBP.
La Corte resolvió sin medias tintas que las acciones aludidas no están de acuerdo con su función discrecional de excepción.
La decisión de mantener a E.R. con [su abuelo] mientras el mismo estaba siendo sometido a una inspección secundaria; la supuesta negativa a contactar a los padres de E.R. por 14 horas y de proveerle a E.R. comida y atención adecuadas durante las 20 horas que aproximadamente pasó en el área secundaria, la supuesta denegación de mandar a E.R. en el próximo vuelo a JFK para que E.R. pudiera reencontrarse con sus padres, y la supuesta decisión de los oficiales de CBP de darle [al padre de ER] una hora para decidir si mandar a ER a Guatemala o a un ‘centro de adopción’, no se encuadran en la función discrecional de excepción.
La Corte también concluyó que el tratamiento al que los oficiales de CBP sometieron a la niña es violatorio del acuerdo alcanzado en el caso Flores v. Reno con respecto a la detención de menores, así como de las políticas internas de CBP diseñadas para cumplir con el acuerdo de Flores. El acuerdo de Flores requiere que los menores sean detenidos en instalaciones que provean acceso apropiado a “agua potable y comida”, y que cuenten con “condiciones de temperatura y ventilación adecuadas”. También establece que se debe procurar que en lo posible los menores sean entregados a un padre o tutor. Al determinar que las acciones de los oficiales no se encuadran dentro de la función discrecional de excepción, la corte notó que, teniendo en cuenta las alegaciones del demandante, es probable que las acciones de los oficiales de CBP sean “resultado de negligencia o pereza.”
Desafortunadamente, éste no es un ejemplo aislado de mala conducta y abuso por parte de CBP. Durante muchos años, oficiales de CBP han usado tácticas ilegales que violan los derechos tanto de ciudadanos de los Estados Unidos como también de aquellos que no son ciudadanos. El público sabe muy poco sobre las actividades de CBP y esta falta de transparencia ha hecho difícil que el organismo se haga responsable por sus acciones. La negativa de la corte federal a desestimar este caso ayudará a esta niña y su familia en la búsqueda de justicia en lo que fue un claro abuso de poder por parte de CBP.
Photo by Marta Colpani.
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